CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
CONTRATO INDEFINIDO:
ARTICULO 47. DURACIÓN INDEFINIDA.
1o) El contrato de trabajo no estipulado a término fijo, o cuya duración no esté determinada por la de la obra, o la naturaleza de la labor contratada, o no se refiera a un trabajo ocasional o transitorio, será contrato a término indefinido.
2o)
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA A TÉRMINO INDEFINIDO
Formula proporcional= v/r salario/30*20
V/r 20 días/360 * días que laboro
EJEMPLO
Jertrudis ingresa a laborar el 29 de mayo del año 2011 con un contrato a termino indefinido actual salario $1.800.000 y es despedida sin justa causa el 2 de marzo de 2015.
- 29 mayo 2011-28 mayo 2012=30 dias-1.800.000
- 29 mayo 2012-28 mayo 2013= 20 dias-1.200.000
- 29 mayo 2013-28 mayo 2014=20 dias-1.200.000
- 29 mayo 2014-02 marzo 2015
Entonces
1.200.000/360*274*=913.333